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¿Recaudar o cumplir las normas?

Pese a que Argentina quiere enfrentar la dura situación que atraviesa, hay factores que le juegan en contra
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14 de septiembre de 2018 a las 05:03

En el marco de la crisis económica y financiera que atraviesa Argentina, recientemente el presidente Macri anunció una serie de medidas para enfrentar lo que denominó una situación de emergencia. Entre otras, planteó que será necesario un mayor esfuerzo de los exportadores, comunicando el regreso de los derechos a las exportaciones.

Se trata de un instrumento de política comercial que sigue siendo utilizado a nivel internacional por varias economías, generando polémicas por sus efectos e incumplimientos de la normativa internacional. Algunos países lo utilizan para impedir que el país exporte algunos bienes sin procesamiento, otros como Argentina, aplican aranceles a las exportaciones para recaudar, especialmente cuando se trata de productos primarios competitivos a nivel internacional y netamente exportadores.

Cabe recordar, que tomando en consideración los reclamos de diferentes actores nacionales e internacionales sobre las políticas comerciales aplicadas por Argentina, las que generaban pérdidas de competitividad de las exportaciones e incertidumbre para los inversores y operadores, Macri fue progresivamente desmantelando y en algunos casos revisando la aplicación de dichas medidas. Este es el caso del régimen de declaraciones juradas anticipadas a las importaciones, las licencias previas automáticas y no automáticas a las importaciones o los derechos a las exportaciones.

La propia OMC ha catalogado en su momento que la política comercial aplicada por Argentina presenta cierta “opacidad, debido a la aparente falta de transparencia en la aplicación de algunas medidas”, lo que es confirmado por otros registros que ubican a este país entre los países con mayor complejidad en la aplicación de políticas comerciales. De cualquier forma, al menos hasta la fecha, los informes resaltaban una pronunciada baja de las medidas que afectaban las transacciones comerciales, práctica que sería dejada de lado por los derechos a las exportaciones recientemente restablecidos.

Corresponde precisar que la legislación argentina prevé la aplicación de derechos a las exportaciones, ya sea en su Constitución como en el Código Aduanero, indicando que los mismos podrán ser aplicados como un instrumento de política de precios para atenuar las modificaciones cambiarias o como medida de carácter fiscal de acuerdo a la situación de las finanzas públicas. Otro de los usos que establece la legislación, es la aplicación de este tipo de instrumentos para fomentar el desarrollo, con el objetivo de evitar ser un país que solo provea productos primarios.

Lo cierto es que las recientes medidas anunciadas por el gobierno argentino indican un retroceso en cuanto a las prácticas comerciales seguidas por el país, ya que la administración del presidente Macri venía cumpliendo con el desmantelamiento de parte de aquellas medidas restrictivas al comercio para favorecer la reinserción internacional de la economía argentina. De hecho, el propio presidente catalogó este “impuesto” como “malo, malísimo” en su mensaje a la población. Si bien son legítimas las necesidades recaudatorias del gobierno argentino, debe quedar en claro que la aplicación de esta medida es violatoria del Tratado de Asunción, ya que como ocurrió con gobiernos anteriores, los nuevos derechos a las exportaciones anunciados no prevén la excepción de los socios del Mercosur, lo que es una violación más al ya golpeado bloque comercial. 

Vale señalar que el artículo primero del Tratado de Asunción que constituyó el Mercosur en el año 1991, establece que “Los estados partes deciden constituir un mercado común”. Seguidamente, se define lo que se entiende por mercado común, indicando que el establecimiento del mismo implica “la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente”.  Es evidente que la disposición de restablecer los mencionados derechos a las exportaciones es violatoria de las normas del Mercosur, lo que habilitaría un reclamo en el marco del sistema de solución de controversias. Dado que todos los miembros han atravesado en algún momento el dilema entre recaudar o cumplir las normas comunitarias, el bloque se aleja cada vez más de la justicia a la hora de solucionar las diferencias que se presentan entre los miembros. Este es el caso de Uruguay con la aplicación de la Tasa Consular, medida que, como los derechos a las exportaciones, también ha sido reclamada por la OMC y viola flagrantemente el Tratado de Asunción.
Debe tenerse en cuenta que los impactos esperados por la mencionada medida van más allá del incumplimiento normativo, ya que los mismos tienen un efecto económico distorsivo de los precios. En los hechos, la aplicación de un arancel a las exportaciones podría transformarse en un subsidio indirecto, como ocurre desde hace años en el caso de los aceites exportados por Argentina a Uruguay, los que cuentan con ventajas debido a la baja del precio interno por la aplicación de derechos a las exportaciones de sus principales insumos de producción.

En su momento y hasta el presente, por la imposibilidad de reclamo en los tribunales del Mercosur, el que lamentablemente está literalmente congelado y sin actividad, Uruguay aplica una serie de aranceles a diferentes productos provenientes de Argentina por considerar que su precio está afectado por una práctica desleal. Si bien los mismos estaban en revisión y a la baja, es probable que el nuevo contexto los mantenga vigentes. Se está frente a la peor situación que puede atravesar un proceso de integración. Todos sus miembros violan las normas de forma sistemática priorizando sus intereses nacionales sobre los comunitarios, todo lo que ocurre frente a un sistema de solución de controversias impávido, justo en momentos en que se pretende tener éxito en el cierre de acuerdos comerciales con las principales economías del mundo

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