Nacional > Rivera

El beneficio de no tener pene, según interpretación de un juez de la ley de violencia de género

Un magistrado que tenía dudas para resolver una denuncia por violencia doméstica favoreció a la víctima aunque, a su juicio, las pruebas no eran suficientes
Tiempo de lectura: -'
12 de abril de 2019 a las 16:53

Un juez civil de Rivera escribió en un fallo que cree que la ley de violencia basada en género aprobada a fines de 2017 determina una desigualdad entre las personas según tengan "pene" o no.

"De acuerdo al artículo 3 de la ley 19.580, en tanto una persona posea un pene se debe interpretar cualquier duda en favor de la mujer", escribió el magistrado Mario Gabín Sasson en un decreto por el cual ordenó que un hombre se retirara de una casa en la que vivía con una mujer que lo denunció por violencia doméstica. También le prohibió al denunciado que no se acercara a la víctima a menos de 180 metros.

El artículo citado por Gabín dice en realidad lo siguiente: "En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ley, prevalecerá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género".

La coordinadora de Feminismos del Uruguay, Andrea Tuana, criticó la resolución, cuya veracidad fue confirmada por El Observador en la base de datos pública del Poder Judicial.

Tuana escribió en su cuenta de Twitter que esperaba que la Suprema Corte de Justicia asuma "sus fallas" en la formación de sus funcionarios y que el fallo le daba "vergüenza ajena".

"El Sr juez se burla de la Convención de Belém Do Pará y por ende de quienes la ratificaron. El Sr juez se burla del Uruguay y del Parlamento uruguayo que aprobó la ley. Se burla de las mujeres víctimas de violencia y por ende de todas las asesinadas", opinó la activista, quien también cuestionó en diálogo con El Observador que el magistrado utilizara la expresión de "relación tóxica" para definir el vínculo íntimo entre el denunciado y la denunciante, cuando a su entender "la violencia de genero es definida como relación de sometimiento y abuso de poder". "Es nefasto", agregó.

El magistrado escribió que lo que "sí quedó en evidencia" en este caso es "que hubo un altercado que llegó a la violencia física y ambas partes refieren a un desgaste de la pareja y a una situación que de alguna manera es insostenible". "Es en ese encuadre de toxicidad de la relación -añadió- y en pos de asegurar la salud de las personas se emitirán prohibiciones de comunicación y acercamiento con el fin de evitar seguir con el prejuicio".

En un pasaje anterior del fallo, Gabín evaluó que tenía que recurrir a "indicios o presunciones para poder determinar si hay culpabilidad o no entre las partes", ya que consideraba que no había pruebas suficientes para darle la razón a la víctima en forma fehaciente.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...