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Informe jurídico del Congreso de Intendentes señala que topear multas por exceso de velocidad es inconstitucional

El diputado de Cabildo Abierto, Álvaro Perrone, había propuesto topear en 5 UR, es decir, unos $ 8 mil, las multas por exceso de velocidad y esto fue aprobado en principio en la comisión de Diputados
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14 de agosto de 2023 a las 20:18

Un informe elaborado por el asesor jurídico del Congreso de Intendentes, Ricardo Gorosito, y elevado al presidente del organismo, Fernando Echeverría, asegura que la propuesta del diputado de Cabildo Abierto, Álvaro Perrone, de topear las multas por exceso de velocidad es inconstitucional, puesto que violaría la autonomía de los gobiernos departamentales

En el informe, al que accedió El Observador, el abogado señala que el texto presentado por el legislador cabildante supone que el Poder Legislativo establezca un "límite máximo al ejercicio de la potestad de policía de tránsito respecto de una multa en especial", en este caso, por exceso de velocidad. Y concluye que eso es "lesivo de la autonomía departamental y supone un ejercicio indebido de la policía de tránsito". 

También sostiene que "eventualmente retacea indebidamente recursos a los gobiernos departamentales". "En conclusión, se entiende que el texto propuesto incurre en una clara inconstitucionalidad y en una lesión a las competencias y poderes a cada uno de los gobiernos departamentales y del Congreso de Intendentes", agrega el escrito de Gorosito elevado al intendente de Flores. 

La propuesta de Perrone se dio en el marco de la discusión por la Rendición de Cuentas y en particular por la intención del Ministerio de Transporte de colocar una serie de radares para controlar y sancionar el exceso de velocidad en las rutas nacionales. El legislador de Cabildo Abierto se opone a que los dispositivos de control tengan un fin recaudatorio y fue entonces que hizo el planteo, que fue votado en la Comisión de Hacienda de Diputados pero que debe sortear varios otros pasos para convertirse en un hecho. 

Actualmente, las multas de tránsito por exceso de velocidad se cobran por franjas, según el grado de incumplimiento del conductor. Es decir, si quien maneja sobrepasa el límite de velocidad por hasta 20 kilómetros por hora deberá pagar 5 unidades reajustables (UR) de multa, unos $ 7.988 al valor actual. Si lo hace entre 21 y 30 km, el valor aumenta a 8 UR, es decir, $ 12.781. 

Si excede el límite por más de 31 km pero menos del doble permitido, la sanción asciende a 12 UR, unos $ 19.171, y si lo hace por más del doble de lo habilitado entonces es de 15 UR, unos $ 24 mil. 

Perrone propone que el tope para este tipo de multas en especial sea de 5 UR, es decir, el valor más bajo que se puede cobrar hoy, según los valores aprobados en el Congreso de Intendentes cuando se unificaron los precios. 

En 2022, según los datos del Congreso de Intendentes a los que accedió El Observador, los gobiernos departamentales y el Ministerio del Interior (a través de la Policía Caminera) aplicaron en su conjunto más de 775 mil multas de tránsito. Montevideo, el departamento con el parque automotor más numeroso, aplicó 487.433 multas, seguido de Canelones (107.255). 

Las multas de tránsito, en tanto, fueron el año pasado más de 238 mil. También bajo ese concepto, Montevideo fue la intendencia que más multas por exceso de velocidad aplicó con 120.096. Canelones le siguió con 46.158. 

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