En la reunión del directorio del BROU del 18 de marzo de 2013, su entonces presidente, Fernando Calloia, leyó una carta del dueño de Buquebus, Juan Carlos López Mena, en la que asumía la deuda de US$ 13,6 millones por el aval defectuoso que el BROU había otorgado a la empresa Cosmo para que se presentara en el remate de los aviones de Pluna. López Mena explicaba que lo hacía porque él había presentado al representante de Cosmo, Hernán Antonio Calvo Sánchez, el famoso caballero de la derecha. Había sido López Mena quien personalmente tramitó ante el BROU minutos antes del remate del 1 de octubre de 2012 el aval para que el representante de Cosmo pudiera estar presente en el local de la rural del Prado.
El carta del empresario generó alivio en el gobierno que por esos momentos protagonizaba un escándalo ya que se había descubierto la precariedad del aval, otorgado ante una llamada del entonces ministro de Economía Fernando Lorenzo a Calloia, por la desesperada situación de no contar con compradores para los aviones. Esa situación generó que ambos jerarcas fueran procesados el 3 de abril de 2014 por abuso de funciones por las circunstancias en las que realizaron ese trámite - sin conocer a la empresa. Finalmente Lorenzo fue absuelto en 2017.
Pero el acuerdo firmado entre el BROU y López Mena establecía en su cláusula séptima que "en el caso de que la normativa en base a la cual se estructuró la subasta de los aviones quedara sin efecto o resultare inaplicable por prosperar las acciones legales promovidas al respecto por sentencia ejecutoriada, y por ende si ello implicara entre otras la nulidad del remate y en consecuencia del aval otorgado por el BROU al MEF, el convenio se resolverá sin más tramite y de pleno derecho, debiendo el banco reembolsar las sumas ya abonadas en las mismas condiciones en que las sumas fueron abonadas".
En base a esa cláusula López Mena inició un juicio al BROU para que le devuelvan lo ya pagado y dejar de pagar lo que debe, y en base a esa cláusula el juez letrado de 1° Instancia en lo Civil de 20 Turno, Guzman López Montemurro, le dio la razón al empresario. Según la sentencia, la justicia condenó al Banco República a devolverle al empresario los pagos por el aval de Pluna más intereses. Hasta 2015 López Mena había pagado US$ 3,2 millones al BROU. Como persona física, López Mena debe US$ 23 millones al sistema financiero, de los cuales casi US$ 7 millones corresponden al BROU.
Además, el juez en su sentencia dispuso que la entidad bancaria deberá pagarle US$ 15 mil por daño moral que surfió y que le trajo perjuicios personales y comerciales y que según el juez "quedó acreditado".
Desde el Banco República se informó a El Observador que se apelará la sentencia emitida por la justicia de primera instancia. En tanto, allegados al empresario dijeron que no va a hacer declaraciones por el momento.
El acuerdo entre López Mena y el BROU firmado en marzo de 2013 estableció que el banco le prestó US$ 11 millones al empresario, que debía devolver en cuotas semestrales durante cuatro años a una tasa de 1,6% de interés; a su vez, López Mena compró al contado en ese mismo momento al BROU el aval por US$ 13,6 millones. En definitiva, el BROU se desprendió del aval y López Mena contrajo una deuda, como un cliente más. Por ello, técnicamente, López Mena no está pagando el aval, sino el crédito que le otorgó el banco para pagar el aval.
En la sentencia el juez consideró que al haberse declarado inconstitucional por parte de la Suprema Corte de Justicia la ley que creó el fideicomiso para rematar Pluna y vender los aviones, cae también el acuerdo entre el BROU y López Mena. Como consecuencia falló que no corresponde que López Mena pague las cuotas pendientes y el BROU deberá devolverle lo que ya pagó, más los intereses generados desde la demanda. Por otra parte, condenó a López Mena a entregar al BROU los derechos y acciones de la póliza de seguro de la empresa Boston.
Por otra parte, el juez desestimó el reclamo del BROU de reclamarles el aval al Ministerio de Economía y al Fideicomiso de Aeronaves (creado para realizar la liquidación de Pluna y la venta de los aviones). López Montemurro afirmó que "no fueron parte del contrato, por lo que nada tuvieron que ver con la suscripción del mismo y por ende con la inserción de la condición pactada en la cláusula séptima del acuerdo". En todo caso, señaló que el BROU debería iniciar acciones legales contra MEF y Fideicomiso en otro proceso.
López Mena había reclamado US$ 1 millón por el daño moral que alegó haber sufrido luego de que el BROU le bajara la categoría a la de deudor. lo que a su criterio, le provocó daño moral por afectación al derecho a la imagen comercial, y que dicha recategorización fue publicada en la web del BCU. El juez hizo lugar a ese reclamo aunque bajó notoriamente la cifra a los US$ 15 mil "teniendo presente parámetros jurisprudenciales en la materia por agresión al honor o buen nombre".
"La jurisprudencia mayoritaria exige para su reparación que el daño tenga cierta gravedad, trascendencia o entidad, que no se limite a la mera molestia, el disgusto ocasional o el trastorno pasajero" y a juicio de López Montemurro "ha quedado debidamente acreditada la existencia de daño moral".
Agregó el juez que el BROU "no debió recategorizar al empresario" y que la publicidad que tomó la referida recategorización en el año 2014, le trajo como consecuencia "un aumento en la tasa de interés por parte de los bancos por deudas contraídas por Los Cipreses (Buquebus), motivó preocupación de sus acreedores y empleados de la empresa que consultaban por la viabilidad de la empresa, la imagen de López Mena en lo personal y en lo comercial se vio afectada, ello le provocó angustia y preocupación y afectó su reputación". Luego de que dejó de pagar el aval, el BROU le dio la categoría 3 y le dieron la categoría 4.
También había reclamado lucro cesante (lo que dejó de percibir por ese daño) pero el juez lo desestimó por falta de pruebas aportadas por el empresario. López Mena entregó un informe realizado por sus asesores en el que planteó que el dinero que pagó en cuotas al BROU a colocación financiera con lo cual habría obtenido US$ 775.105 pero para el juez no resultó ser una prueba fiable.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá