Economía y Empresas > GOBIERNO PRESENTÓ PROYECTO DE LEY

Prevén subir edad de retiro y aportes para asegurar viabilidad de la Caja Notarial

La tasa de reemplazo será menor para aquellos que se jubilen con menos de 35 años de servicio o estén por debajo de los 65 años
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24 de octubre de 2018 a las 05:01

El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento un proyecto de ley que introduce modificaciones al régimen previsional administrado por la Caja Notarial de Seguridad Social, ya que este sistema está en riesgo de “desfinanciarse por completo” en la primera mitad de la década de 2030, según los reconoce un documento de ese organismo paraestatal.

Según explica el gobierno en la exposición de motivos de la iniciativa, como ocurre en todos sistemas  previsionales, resulta necesario evaluar su desempeño y analizar su viabilidad en el mediano y largo plazo, en función de la evolución de sus ingresos y egresos, así como también de las transformaciones que experimenta la composición de la población amparada y los riesgos sociales asociados.

En ese contexto fue que las autoridades de la Caja Notarial se realizó un estudio sobre el desempeño de los últimos 20 años años (1983-2013) y sus perspectivas para los próximos 30 años (2013-2042).

“A partir de esas evaluaciones se advirtieron dificultades en el mediano y largo plazo y se resuelve la contratación de una asesoría para realizar el diagnóstico actuarial y el estudio de eventuales ajustes para asegurar su equilibrio futuro”, dice la iniciativa que remitió el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Esa cartera trabajó desde 2016 en mforma más activa en la última fase del proceso de elaboración que también tuvo la incorporación del Ministerio de Economía y Finanzas.

Los cambios

A través de los artículos 15 y 16 el proyecto de reforma introduce modificaciones en los requisitos de configuración de la causal de jubilación común, pero mantiene sin cambios los relativos a la jubilación por incapacidad y por edad avanzada.

Actualmente, el régimen para causal común exige 60 años de edad y un mínimo de 35 años de servicios, o de 30 años si estos fueron presentados en actividades por la Caja Notarial.

El artículo 15 contempla distintas combinaciones entre edad y servicios para configurar la causal común, todas la cuales suponen reunir entre ambos parámetros, el coeficiente 95: desde 60 de edad y 35 de servicios, hasta los 65 años de edad y 30 de servicio.

En tanto, el artículo 16 establece que para configurar la causal común a los 60 años de edad se requerirán los siguientes años mínimos de servicios: 1) 31 años de servicios a partir del 1° de enero de 2019; 2) 32 años de servicios a partir del 1° de enero de 2023; 3) 33 años de servicios a partir del 1° o de enero de 2027; 4) 34 años de servicios a partir del 1° enero de 2031. En tanto, desde enero de 2035 se requerirá un mínimo de 35 años de servicios.

Por otro lado, se se fija una tasa de reemplazo del 50% para el caso de que se reúnan 65 años de edad y 35 años de servicios, y se procede a aplicar adiciones y/o deducciones respecto de ese porcentaje, en la medida que se cuente con más o menos años de edad y/o con más o menos años de servicios.

En tanto, el artículo 23 del proyecto crea un subsidio de maternidad para las afiliadas amparadas por la Caja Notarial, tomando como referencia el régimen general, adaptado a las particularidades de la actividad.

Ingresos extras

“La necesidad de asegurar la viabilidad económico financiera de la Caja (Notarial) y los debidos equilibrios que han de observarse en la reforma que se propone en este proyecto, requieren establecer determinados ingresos adicionales a favor de la Caja así como el incremento de otros ya existentes”, explica el MTSS.

En se sentido, el artículo 4 crea una prestación pecuniaria a favor de la Caja, a cargo de los jubilados y pensionistas de la misma, con diferentes alícuotas según la pasividad corresponda al régimen que se sustituye o al establecido en el proyecto. Así, para las primeras se establece una tasa del 2% sobre las sumas nominales correspondientes a las cédulas jubilatorias y pensionarias. Para las pasividades del nuevo régimen se prevén tasas progresivamente menores, considerando la cantidad de años transcurridos desde la vigencia de la nueva ley hasta la de la jubilación o pensión.

La actual tasa de aportación personal de los afiliados activos (escribanos -15,5%- y empleados -15%-) se incrementará en un tres puntos porcentuales a partir de la vigencia de la nueva ley, a 18,5% y 18%, respectivamente. Dicha tasa quedará sujeta a variación según empeoren o mejoren las finanzas de ese organismo, pero tendrá un piso de 17,5% y 17% y un techo de 19,5% y 19%, respectivamente.

También se fija una tasa a la venta del papel notarial de actuación con un valor de $ 3 por hoja y de $ 20 por cada solicitud de soporte notarial electrónico. Lo recaudado por estas tasas se destinará al Fondo de Subsidio por Maternidad hasta el máximo fijado por la ley. El excedente contribuirá al financiamiento de las pasividades.

El Poder Ejecutivo espera que esta reforma entre en vigencia a partir del enero de 2019 y que las modificaciones al régimen operen para las pensiones cuya causal se configure con posterioridad a dicha vigencia.

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