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Testigos protegidos: una herramienta clave que trajo el nuevo código y ayudó a detener a narcos

Unas 200 personas reciben protección del Estado para declarar contra delincuentes y cien son niños
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31 de octubre de 2018 a las 05:02

Las primeras noticias sobre la existencia de un grupo criminal que expulsaba vecinos de sus casas en Los Palomares comenzaron a llegar en setiembre de 2017. El trabajo de inteligencia policial había detectado que un número inusualmente alto de niños habían sido transferidos de las distintas escuelas de Casavalle en aquella fecha, al igual que muchos pacientes que se atendían en la policlínica zonal pasaban a recibir asistencia médica en otros barrios.

Algunos se animaban a comentar que habían tenido que abandonar su casa de apuro, bajo amenaza de muerte de parte de un clan familiar que se hacía conocer como Los Chingas. Sin embargo, no fue sino hasta noviembre de 2017, durante los primeros días de aplicación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que aquellos rumores se convirtieron en denuncias, lo que le permitió al Ministerio del Interior llevar adelante una investigación que terminó el 20 de diciembre en la detención de varios integrantes de aquella banda criminal, que en lapso de un año había dejado a 110 personas sin hogar.

¿Qué cambió? El director de Convivencia del Ministerio del Interior, Gustavo Leal, dijo a El Observador que los mecanismos de protección previstos para las víctimas y testigos por el Nuevo Código del Proceso Penal y coordinados por la Fiscalía fueron “una pieza clave” para que aquellos rumores se convirtieran en denuncias que permitieran desarticular a este grupo criminal. 

A ese operativo que llevó el nombre de “Mirador”, le siguieron otros siete: en Malvín Norte, Carrasco Norte, Jardines del Hipódromo, Villa Española, e incluso en el Cordón. Todas estuvieron enfocadas en ponerle fin a grupos criminales que pretendían controlar un territorio mediante amenazas.

Leal explicó que además de existir una decisión política para cortar con este tipo de acciones, y de un trabajo de inteligencia enfocado en este sentido, el nuevo Código del Proceso Penal permitió que las víctimas tuvieran garantías para declarar y se sientan protegidas, algo sin lo cual “sería muy difícil alcanzar a desarticular a las figuras principales” de las bandas de narcos. 

El nuevo CPP, que este jueves cumplirá un año de vigencia, creó la figura de “Testigos intimidados”, aquella que se aplica cuando existe peligro grave para la persona, la libertad o los bienes” de quien declara como testigo o sus familiares. A estas personas el código habilita que se reserve su identidad durante todo el proceso, así como cualquier elemento que pueda servir para su identificación. Asimismo, el sistema pone en deber del fiscal el adoptar medidas o solicitarlas para proteger a las víctimas de delitos. 

Según explicó la directora de la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía, Mariela Solari, durante el primer mes y medio de aplicación del nuevo código varios fiscales manifestaron que en ocasiones no era suficiente ocultar la identidad de quienes declaraban, sino que además había que ofrecer otro tipo de medidas de protección. 

Por eso, desde diciembre la fiscalía creó un programa de Testigos Protegidos que habilita la posibilidad de que las personas reciban custodia personal, sean relocalizadas junto a su familia en el territorio nacional o en el exterior, apoyo para reinsertarse laboralmente, cambio de documentación, cambio de centro educativo de los hijos, entre otros aspectos. En total unas 200 personas se han acogido al programa, de las cuales 100 son menores de edad.

Se trata de unos 55 núcleos familiares. En todos los casos las personas abandonaron el lugar en el que vivían, algunas se mudaron a viviendas que ellos consiguieron, y otras recibieron apoyo del Estado. 

En total, 38 núcleos familiares fueron realojados por el Estado. Algunos recibieron un subsidio de alquiler, otros una canasta de materiales para que puedan construir su propia vivienda al tiempo que algunos recibieron una vivienda a préstamo durante el período que se considere necesario, según el caso. 

Del alojamiento se ocupa el Ministerio de Vivienda, al tiempo que Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) acelera los trámites de cambio de centro educativo de los hijos de las víctimas o testigos que declaran –en caso de ser necesario-, el Ministerio de Desarrollo Social trabaja en la adaptación de la familia realojada y el Ministerio de Trabajo presta asistencia para que puedan reinsertarse laboralmente.   

Solari aseguró que los testigos protegidos no reciben ninguna prestación económica, aunque en caso de que le correspondiera alguna por su situación previa -como ser la asignación familiar o algunas de las prestaciones del Mides- se les da asistencia para que puedan obtenerla.

La jerarca explicó que para que una persona ingrese al programa el fiscal del caso debe proponerla, en función de la situación de riesgo en la que se encuentre y de cuán relevante sea la información que aporte. Un comité integrado por el fiscal, el oficial policial responsable de la investigación y un miembro de la Unidad de Víctimas y Testigos define el grado de peligrosidad al que está expuesta la persona que intenta declarar y las medidas de protección que deben implementarse.

Luego se firma un acuerdo en el que la persona protegida se compromete a seguir los consejos de esta unidad de la Fiscalía. Si no cumple lo acordado puede ser excluido del programa. Sin embargo, según Solari, el nivel de acatamiento a lo recomendado por la Fiscalía es “muy alto”. 

¿Qué ocurría antes? Con el código vigente hasta el 31 de octubre del 2017, la protección de testigos estaba definida en la ley 18.494 de lavado de activos (vigente desde 2009), y aunque indicaba la posibilidad de fijar una custodia policial para la víctima, testigo o colaborador de un caso, su reubicación, el uso de otro nombre y el otorgamiento de nuevos documentos de identidad, su aplicación quedaba restringida a los Juzgados de Crimen Organizado. No era frecuente que se aplicara en la investigación de homicidios, o extorsiones, como las que aplicaban Los Chingas, que se llevaban en los juzgados penales tradicionales. 

El actual fiscal de flagrancia y anteriormente fiscal de Crimen Organizado, Carlos Negro, dijo a El Observador que medidas de protección como la de los realojos “no existían” en el código anterior y que la seguridad de quienes declaraba se limitaban al resguardo de la identidad de quienes declaraban. 

“Parte de la filosofía del nuevo código es la reubicación de las victimas en el sistema penal como sujetos del proceso con derechos, y uno de esos derechos es recibir contención, información sobre lo que se investiga y protección”, explicó Negro.

Audiencias remotas

El Poder Judicial habilitó el uso de un sistema que permite que los testigos que quieran declarar como intimidados en un juicio oral a que puedan hacerlo desde una ubicación remota, de modo de que no se crucen con los indagados. El sistema utiliza telefonía digital con un mecanismo de deformación de voz para que las personas puedan responder preguntas  durante la audiencia sin que sean identificadas. 

 

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