Opinión > EDITORIAL

Una bienvenida marcha atrás

Un documento que ponía en juego la libertad de expresarse
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04 de mayo de 2019 a las 05:00

El Ministerio de Salud Pública dio marcha atrás en una advertencia por escrito enviada a instituciones teatrales acerca de que no podían representar en el escenario el acto de fumar, aunque se utilizaran cigarrillos de utilería. Es evidente que las reacciones en contra que desde el jueves pasado inundaron las redes sociales, en particular las críticas provenientes del mundo de la cultura, jugaron un papel medular para que ahora desde dicha cartera se diga que la redacción del texto “no fue feliz”, aunque sin dar demasiada trascendencia al tema.

“Mientras no se viole la normativa vigente, va a seguir pasando lo que pasa hasta ahora: no va a haber sanciones”, dijo a El Observador Enrique Soto, el responsable del Programa Nacional para el Control del Tabaco sobre el escrito aprobado por la Comisión Interinstitucional Asesora para el Control del Tabaco. Para el funcionario, la circular tiene un contenido ambiguo y “admite dos bibliotecas”: una que afirma que la simulación del acto de fumar contribuye a la promoción y otra que sostiene “que forma parte de una escena y que no se está fumando de verdad”.

No compartimos la opinión de Soto de que el texto enviado es ambiguo. Al revés, es muy claro, y por eso, creemos que, si el MSP no está de acuerdo, debió de haber tenido una actitud mucho más firme.

El texto dice: “El acto de fumar, aunque sea un cigarrillo apagado o con productos que simulen ser cigarrillos, está comprendido dentro de las prohibiciones establecidas”. No se puede interpretar otra cosa que la censura a escenas en las que aparezcan actrices o actores fumando hasta cigarrillos de utilería. 

Para Soto, “no hay nada nuevo”. Pero hubo algo nuevo que fue una preocupante interpretación del alcance de la ley 18.256.

El artículo 7 de la ley 18.256, citado en el texto enviado por la Comisión Interinstitucional Asesora para el Control del Tabaco, habla de la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco por los medios de comunicación. Y más adelante, solo prohíbe expresamente “el patrocinio de actividades nacionales o internacionales, culturales, deportivas o de cualquier otra índole, o de participantes de las mismas, por parte de la industria tabacalera”, donde podría caber una institución de teatro.

Lo que había hecho la comisión asesora antitabaco, sin dobleces, es interpretar que el contenido de ese artículo autoriza a prohibir la representación del acto de fumar con cigarrillos de utilería, por ejemplo. Y esto es muy discutible y controvertido.

Un actor que simula fumar un cigarrillo en la interpretación de un personaje que así lo requiera, no es de ningún modo un patrocinio o una publicidad. Es sobre este aspecto que el MSP debería haberse pronunciado. 

Es una buena cosa que el MSP haya rectificado la medida. Y esperamos que sirva como antecedente de que está muy bien la lucha contra el consumo de tabaco, pero que cuando el fin justifica los medios, y nada menos que con vallas contra la libertad de expresión, se transita por un camino peligroso. 

Todo empieza a descomponerse cuando falta libertad para expresarse libremente, decía Jean-François Revel. Y esto es lo que estaba en juego con el documento de los adalides antitabaco. 

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