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Suprema Corte ratificó reparación a motociclista que perdió su pierna al chocar con una retroexcavadora en Durazno

La Intendencia de Durazno deberá pagar los costos de su prótesis hasta que la víctima tenga 70 años, entre otros costos
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12 de diciembre de 2023 a las 10:22

La Suprema Corte de Justicia ratificó la sentencia que obliga a la Intendencia de Durazno a indemnizar a un hombre que fue chocado por una retroexcavadora de la comuna mientras viajaba en moto con otra persona en Pueblo Centenario en noviembre de 2017, accidente por el que su compañero falleció y él perdió una pierna.

La víctima iba en la moto como acompañante de otro hombre por la Ruta 5, cuando una retroexcavadora que quiso ingresar a esa vía no los vio y los chocó. El conductor murió en el lugar, mientras que el demandante quedó en estado grave. Como resultado del accidente le amputaron su pierna izquierda, tuvo episodios de epilepsia y tiene una pérdida auditiva progresiva de su oído derecho.

Esta situación provocó además que el hombre, que es representado por el estudio del abogado Javier Riffaud, perdiera su empleo como militar por incapacidad.

El hombre presentó una demanda contra la Intendencia de Durazno y el funcionario que conducía la retroexcavadora, quien confesó que estaba en esa zona porque estaba utilizando la maquina para viajar a su casa.

En primera instancia, la justicia falló a favor del afectado y obligó a la comuna a realizar varios pagos: unos US$ 40.000 por daño moral, $ 60.000 por sus traslados recurrentes al Hospital de las Fuerzas Armadas de Montevideo, y la obligación de pagar los costos de sus prótesis hasta que el hombre cumpla 70 años.

También se le pagará un 30% de su sueldo como militar por una "pérdida de chance", ya que el hombre denunció que perdió su oportunidad de continuar y ascender como militar por el accidente.

Además, los padres también deberán ser indemnizados por la comuna. Tanto la madre como el padre recibirán US$ 15.000 por el daño moral sufrido, y al padre se le pagarán otros US$ 36.000 ya que debió abandonar una misión de paz en el Congo para volver a cuidar de su hijo.

Sin embargo, la Intendencia recurrió a la sentencia al entender que el responsable del accidente fue el conductor de la moto por manejar en exceso de velocidad al momento del choque.

Un Tribunal de Apelaciones rechazó esta moción en noviembre de 2022 porque la apelación por la velocidad se basó en dos testigos que "no vieron el hecho" y que además eran funcionarios municipales, dependientes de la parte demandada. Para los jueces la responsabilidad recae en el conductor por no acatar al cartel de pare de la Ruta 5, según se lee en el documento al que accedió El Observador.

En ese caso, el tribunal solo accedió a uno de los pedidos de la comuna: redujo el monto a pagar por la pérdida de chance al 30%.

El fallo de la Suprema Corte

La Intendencia presentó un recurso de Casación contra la decisión de Apelaciones para que la Suprema Corte de Justicia analice la decisión, apelando que la sentencia de segunda instancia no tomaba en cuenta el exceso de velocidad y criticando varios de los montos que debían pagar.

A finales de noviembre la corte volvió a fallar a favor del hombre accidentado, desestimando la enorme mayoría de los "agravios" presentados por la Intendencia debido a falta de fundamentación. El tribunal concordó con Apelaciones en que "no hay una sola prueba objetiva que demuestre la velocidad de circulación de la moto", que enfatizaron "iba por la ruta" con preferencia, detalla la sentencia a la que accedió El Observador.

También indicaron que, según el informe de Accidentología Vial sobre el choque, la moto "fue embestida" por la retroexcavadora, que tuvo un "factor mecánico" que "dificultó la visibilidad del conductor" hacia el lado de donde venía la moto.

Desde la SCJ rechazaron los dichos de la defensa sobre el pago del daño moral, que denuncian se debió a "la pérdida de una pierna". Según la corte, se condenó a pagar los US$ 40.000 "por toda la situación de menoscabo anímico que padeció el actor desde el momento del accidente y que se prolonga hasta el día de hoy".

La comuna de Durazno también pidió que se descuenten $ 240.000 que las Fuerzas Armadas dieron al afectado en 2019 para su prótesis, al que calificaron como un "subsidio". Sin embargo, la Suprema Corte tampoco dio lugar a este pedido y explicó que esto no fue un subsidio, sino una "resolución específica y concreta" realizada para "cubrir una única compra de prótesis" que le dieron porque era "inaccesible" para su situación económica.

El único punto en el que la Corte le dio la razón a la Intendencia fue en que esta denunció que no se determinó "el método de la liquidación de los gastos" de las compras de prótesis. Por ello, definió que esos gastos se paguen "en capital" y con una reducción del 20% por "pago anticipado".

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